Comunicaciones previas + certificado técnico (Ley 18/2020)

Activo

Comunicación previa con certificado técnico (sin proyecto) según Ley 18/2020

Comunicación previa de inicio de actividad según la Ley 18/2020, en la modalidad que solo requiere certificado técnico (sin proyecto técnico completo).

Es el régimen más ágil del marco legal de inicio de actividades económicas. Se aplica a:

  • Comercios al detalle sin obrador.
  • Oficinas y despachos profesionales.
  • Actividades de servicios sin impacto ambiental.
  • Actividades que no requieren obra a hacer en el local.

Solo se necesita un certificado técnico que acredite que el local y las instalaciones cumplen la normativa de seguridad, accesibilidad y sanidad. No hace falta proyecto técnico completo.