Licencia Ambiental (anexo II Ley 20/2009)

Activo

Licencia ambiental para actividades con impacto ambiental significativo (anexo II Ley 20/2009)

Solicitud de licencia ambiental municipal para actividades clasificadas en el anexo II de la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades.

El anexo II incluye actividades con impacto ambiental significativo:

  • Industrias de fabricación, transformación y procesamiento.
  • Actividades de gestión de residuos, depósitos, vertidos.
  • Granjas de ganado de cierta magnitud.
  • Actividades extractivas, mineras, energéticas.
  • Actividades con emisiones atmosféricas o acústicas relevantes.

El régimen de licencia ambiental implica:

  • Evaluación ambiental previa por parte del Ayuntamiento e informes preceptivos de organismos sectoriales (OGAU, ACA, Bomberos, etc.).
  • Información pública durante 30 días para posibles alegaciones.
  • Resolución motivada que establece las condiciones ambientales.
  • Controles periódicos a lo largo de la vida de la actividad.