Baja por defunción del Padrón Municipal de Habitantes

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Cancelación de la inscripción padronal de una persona fallecida

La baja por defunción es el trámite para dar de baja a una persona fallecida del Padrón Municipal de Habitantes.

En la mayoría de los casos, el Ayuntamiento realiza esta baja de oficio a partir de la comunicación que recibe del Registro Civil o del Instituto Nacional de Estadística. No es necesario que las familias hagan nada.

Sin embargo, puede que necesite hacer este trámite manualmente cuando:

  • Ha pasado un tiempo y la persona sigue constando empadronada a pesar del fallecimiento.
  • El fallecimiento se ha producido en el extranjero y no se ha tramitado en el Registro Civil español.
  • Necesita actualizar el padrón para hacer otros trámites (herencia, baja de suministros, etc.).