Renovación de derechos funerarios
ActivoRenovación del derecho funerario sobre una sepultura antes de su vencimiento
Trámite para renovar el derecho funerario sobre una sepultura en el cementerio municipal de Rubí una vez llega al vencimiento del período concedido.
Los derechos funerarios son temporalmente limitados (no perpetuos). La concesión inicial puede ser de 5, 10, 25 o 50 años según la ordenanza municipal y el tipo de sepultura.
Cuando el período de la concesión llega al final:
- El Ayuntamiento notifica al titular con suficiente antelación (habitualmente 6 meses a 1 año antes del vencimiento).
- El titular puede renovar por el mismo período u otro, en función de la ordenanza.
- Si no se renueva, el derecho se extingue y la sepultura retorna al Ayuntamiento (y en este caso, los restos, si los hay, se trasladan a un osario general).
Importante: si han pasado años desde el vencimiento sin renovación, el Ayuntamiento puede haber iniciado el procedimiento de declaración de caducidad. Consulte con tiempo la situación de las sepulturas familiares.
