Rescate de derechos funerarios

Activo

Cesión onerosa del derecho funerario al Ayuntamiento a cambio de compensación económica

Trámite mediante el cual el titular de un derecho funerario puede ofrecer al Ayuntamiento la cesión onerosa del derecho a cambio de una compensación económica.

A diferencia de la renuncia, el rescate implica:

  • La cesión del derecho al Ayuntamiento con retorno de una parte del dinero.
  • El Ayuntamiento evalúa la sepultura y decide si el rescate es de interés patrimonial.
  • El importe del rescate depende de la sepultura, la antigüedad del derecho y el valor de mercado.

El rescate está condicionado a:

  • La sepultura debe estar vacía.
  • El Ayuntamiento debe aceptar el rescate (no es automático).
  • El titular debe estar al corriente de los pagos de tasas municipales relacionados con la sepultura.