Rescate de derechos funerarios
ActivoCesión onerosa del derecho funerario al Ayuntamiento a cambio de compensación económica
Trámite mediante el cual el titular de un derecho funerario puede ofrecer al Ayuntamiento la cesión onerosa del derecho a cambio de una compensación económica.
A diferencia de la renuncia, el rescate implica:
- La cesión del derecho al Ayuntamiento con retorno de una parte del dinero.
- El Ayuntamiento evalúa la sepultura y decide si el rescate es de interés patrimonial.
- El importe del rescate depende de la sepultura, la antigüedad del derecho y el valor de mercado.
El rescate está condicionado a:
- La sepultura debe estar vacía.
- El Ayuntamiento debe aceptar el rescate (no es automático).
- El titular debe estar al corriente de los pagos de tasas municipales relacionados con la sepultura.
